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Perito forense judicial revisando documentos de cadena de custodia en una sala de evidencias, rodeado de cajas y bolsas numeradas y selladas.

La Cadena de Custodia: Pilar Esencial en la Criminología y la Investigación Judicial

Introducción

La cadena de custodia es un concepto central en la criminología y la investigación judicial, pues constituye el mecanismo que garantiza la integridad, autenticidad y validez de la evidencia forense desde su recolección hasta su presentación en juicio. En sentido estricto, la cadena de custodia constituye el registro documental y procedimental que demuestra que un indicio no ha sido alterado, manipulado ni contaminado en ninguna de sus fases. Su correcta aplicación resulta fundamental para que un informe pericial judicial goce de credibilidad ante los tribunales y sea admitido como prueba legítima.

Históricamente, la noción de custodia de las pruebas surge con el desarrollo del sistema acusatorio moderno y la profesionalización de las ciencias forenses. A lo largo del siglo XX y XXI, cada vez más países incluyeron pautas formales (legales, administrativas y técnicas) para asegurar que los vestigios materiales del delito no se desvirtúen en su tránsito. En España, doctrinas jurisprudenciales y el Tribunal Supremo han subrayado que la cadena de custodia no es un fin en sí misma, pero sí un instrumento imprescindible para demostrar la indemnidad de la prueba.

En esta exposición, se analizará con rigor académico la definición, principios, etapas, roles, errores comunes, innovaciones digitales y relevancia ética del proceso en el contexto de la criminalística y la criminología. Asimismo, se vinculará con otros conceptos institucionales como el Perito Forense Judicial, los Informes Periciales Judiciales Profesionales o un Máster en Criminología y Criminalística, y se apuntará al valor de una formación especializada, como la ofrecida por la Academia Internacional de Ciencias Criminalísticas.


1. Definición y objetivos de la cadena de custodia

1.1 ¿Qué es la cadena de custodia?

La cadena de custodia se define como el conjunto ordenado de acciones documentadas que aseguran la trazabilidad de un indicio o elemento material de prueba (EMP) desde su localización hasta su entrega final ante la autoridad judicial. En esencia, permite demostrar que la evidencia forense que finalmente se analiza y se incorpora en un informe pericial judicial es la misma que fue recogida en el lugar del hecho, sin alteraciones ni contaminación.

El Tribunal Supremo español, en su jurisprudencia, ha señalado que la cadena de custodia “no es un fin en sí mismo, sino un valor instrumental … garantiza la indemnidad de las evidencias desde que son recogidas hasta que son analizadas”

1.2 Objetivos de la cadena de custodia

El propósito principal de la cadena de custodia es preservar la validez legal de la evidencia. Sus objetivos específicos son:

🎯 Objetivos de la Cadena de Custodia

  1. Garantizar la integridad del indicio: conservar la evidencia en su estado original, sin alteraciones.
  2. Establecer la trazabilidad: documentar cada persona, lugar y momento por los que pasó la prueba.
  3. Proteger la validez legal de la prueba: asegurar su admisibilidad procesal sin objeciones.
  4. Asegurar la transparencia del proceso: permitir la verificación del tratamiento dado a la evidencia.
  5. Atribuir responsabilidad: identificar a cada actor involucrado y su grado de intervención.
Ejemplo de mala práctica en cadena de custodia: bolsa de evidencia mal sellada o sin identificación adecuada.
Ejemplo de mala práctica en cadena de custodia: bolsa de evidencia mal sellada o sin identificación adecuada.

En el contexto del procedimiento judicial, la cadena de custodia actúa como garantía procesal: si una prueba llega al tribunal sin respaldo documental que sustente su integridad, puede ser desestimada o poner en duda su credibilidad ante el juez o tribunal.


2. Principios básicos de la cadena de custodia

La eficacia de la cadena de custodia descansa en cuatro principios fundamentales:

🧭 Principios Fundamentales de la Cadena de Custodia

  • 1. Trazabilidad: cada paso de manipulación y traslado debe quedar registrado para reconstruir el recorrido completo de la evidencia.
  • 2. Integridad: la prueba debe conservar su estado original, sin alteraciones ni contaminación que comprometan su valor jurídico.
  • 3. Transparencia: el proceso debe ser claro y verificable por todas las partes involucradas en el procedimiento judicial.
  • 4. Responsabilidad: cada interviniente debe firmar, identificar y asumir formalmente su rol en el manejo del indicio.

2.1 Trazabilidad

Cada intervención sobre el indicio debe quedar registrada de modo que se pueda reconstruir de manera cronológica toda su historia desde el hallazgo hasta su presentación en juicio. Esto comprende quién lo recibió, quién lo trasladó, quién lo analizó y en qué momento.

2.2 Integridad

La evidencia debe mantenerse en su estado original, sin adiciones, sustracciones o alteraciones. Cualquier cambio debe quedar documentado con justificación clara. Este principio asegura que las conclusiones del informe pericial judicial estén basadas en lo que fue realmente recogido.

2.3 Transparencia

Toda actuación debe ser objeto de registro accesible a las partes interesadas (defensa, fiscalía, juzgado) y soportada con documentación (actas, formularios, cadena de custodia escrita o digital). La transparencia permite auditar y, en su caso, cuestionar el proceso de manejo de la prueba.

2.4 Responsabilidad

Cada persona que interviene en la cadena (policía judicial, perito, técnico de laboratorio, custodio) debe asumir formalmente su rol mediante firma o aceptación documental, responsabilizándose de su actuación. En caso de incidente o ruptura, debe poder imputarse responsabilidad.

Estos principios garantizan que la custodia de las pruebas se realice con el rigor científico y jurídico exigido en casos de criminalística y pericia judicial.


3. Etapas del proceso de cadena de custodia

El proceso se compone de etapas sucesivas, que deben observarse meticulosamente. Comúnmente se distinguen las fases de identificación, embalaje, registro, transporte, almacenamiento y análisis.

Etapas del Proceso de Cadena de Custodia

EtapaObjetivoActor ResponsableDocumentación Requerida
IdentificaciónReconocer, etiquetar y describir el indicio sin alterarlo.Primer respondiente (policía o perito criminalístico)Acta de intervención, fotografías, registro inicial
EmbalajeProteger la evidencia en contenedores adecuados y sellados.Perito forense o técnico especializadoEtiqueta, rótulo, sello firmado y fechado
RegistroDocumentar todas las transferencias y manipulaciones.Todos los intervinientes en la cadenaFormulario de cadena de custodia, registros firmados
TransporteTrasladar de forma segura entre sedes sin comprometer la integridad.Custodio designado o policía judicialActa de traslado, verificación de sellos, control de tiempos
AlmacenamientoGuardar bajo condiciones controladas y acceso restringido.Responsable del centro de evidencias o laboratorioRegistro de ingreso/salida, ubicación, control de condiciones
AnálisisAplicar técnicas forenses válidas para la investigación.Perito forense judicialInforme pericial, apertura registrada, resultados y anexos

3.1 Identificación del indicio

La etapa inicial comienza en el lugar de los hechos. El primer interviniente (oftalmólogo, policía de primer respondiente, perito en criminalística) debe:

  • Localizar y señalar el indicio o elemento material de prueba.
  • Digitalizar y fotografiar su posición sin alterarlo.
  • Asignar un código identificador único (etiqueta alfanumérica, número correlativo).
  • Describir sus características físicas (tipo, tamaño, forma, color, estado) en un acta de intervención.
  • Iniciar el registro documental de cadena de custodia.

3.2 Embalaje y sellado

Una vez identificado, el indicio debe ser embalado en contenedores adecuados (sobres, bolsas selladas, cajas rígidas) según su naturaleza (sangre, líquidos, fibras, armas, documentos). El embalaje debe:

  • Ser estanco, inmune a manipulaciones externas.
  • Llevar rótulos exteriores con código, fecha, hora, lugar, autor del embalaje.
  • Ser sellado con cinta firmada y fechada por quien lo embala.
  • No alterar el contenido interior (no perforar, no superponer objetos).
  • En su apertura posterior, registrarse hora, motivo y persona que lo abre, con nueva firma antes y después.

3.3 Registro documental

Durante todo el proceso se debe llevar un Registro de Cadena de Custodia, donde consten:

  • Datos del indicio: código, descripción, origen del hallazgo.
  • Todas las transferencias entre custodios (quien entrega, quien recibe, fecha, hora, motivo).
  • Condiciones en que se recibió (estado del sello, embalaje).
  • Observaciones (alteraciones, deterioro, rupturas).
  • Firmas de cada actor que interviene.
  • Referencia cruzada con actas policiales, informes periciales y otros documentos relacionados.

El Manual del Sistema de Cadena de Custodia de la Fiscalía de Colombia, por ejemplo, estipula que el registro debe ser diligenciado en ejemplar original y no pueden sustituirse registros sin constancia documentada.

Cadena de custodia: Protocolo documental que garantiza que una evidencia forense no ha sido alterada desde su recolección hasta su análisis judicial.

3.4 Transporte o traslado

El traslado entre sedes (escena → laboratorio, custodio intermedio → sala de juicio) es un punto crítico:

  • Debe realizarse en vehículos seguros, con condiciones ambientales controladas (temperatura, humedad, vibraciones).
  • El contenedor debe permanecer sellado durante el traslado, sin abrir hasta su destino.
  • Acompañamiento por personal responsable que registra el movimiento en el registro de custodia.
  • En caso de pausas (almacenamientos intermedios), mantener sello y control de ingreso/egreso.
  • En caso de urgencia o eventualidad, documentar incidencias (roturas, retrasos, pérdidas).

“La cadena de custodia no es un fin en sí misma, sino un instrumento indispensable para garantizar la autenticidad del indicio presentado como prueba.”

— Tribunal Supremo de España

3.5 Almacenamiento / custodia

Una vez recibido en el laboratorio o bodega de evidencias:

  • Debe ser ingresado bajo control de acceso restringido.
  • Ubicado en estanterías o módulos identificados y numerados.
  • Cada salida y reingreso debe registrarse (cuándo, quién, motivo).
  • Debe respetarse la separación entre indicios importantes, control de condiciones ambientales y vigilancia física.
  • El personal debe estar capacitado y cumplir con normas.

3.6 Análisis forense y presentación judicial

Cuando el perito forense judicial recibe la muestra:

  • Verifica el sello de integridad antes de abrirla.
  • Documenta su apertura en el registro (fecha, hora, persona, motivo).
  • Realiza los procedimientos periciales que le fueron encomendados.
  • Produce el informe pericial judicial con resultados, metodología, conclusiones y observaciones de posibles anomalías en la cadena de custodia.
  • Una vez usada en juicio, la evidencia puede reingresarse a custodia con nuevo registro de movimiento hacia sala de vistas.
  • En el juicio, el perito deberá estar preparado para acreditar la cadena de custodia ante el tribunal, explicando cada transferencia y control realizado.

Estas etapas conforman el flujo esencial del proceso de custodia de las pruebas y constituyen el soporte procedimental del sistema investigativo y judicial.


4. Rol del perito forense judicial y los informes periciales judiciales

4.1 Función del perito forense judicial

El perito forense judicial es el profesional con conocimientos técnicos o científicos especializados a quien el juez encomienda evaluar aspectos específicos del caso (balística, toxicología, genética, informática forense, criminalística). Su deber profesional incluye:

  • Asumir la cadena de custodia como premisa ética y técnica.
  • Conservar la integridad de las muestras.
  • Respetar los protocolos de prueba y normativa (por ejemplo, ISO/IEC 17025, normas de calidad).
  • Documentar su actuación con transparencia.
  • Estar disponible para defender su informe en juicio y aclarar eventuales objeciones sobre la cadena de custodia.

Una formación especializada en un Máster en Criminología y Criminalística o en estudios forenses exige familiaridad con estos procedimientos y su fundamento jurídico.

AspectoCadena FísicaCadena Digital
RegistroManual, en papelAutomatizado, con timestamp
SeguridadDepende del custodio físicoFirmas digitales, blockchain
AuditoríaLimitadaTrazabilidad en tiempo real
Admisibilidad judicialAlta tradición legalRequiere validación normativa

4.2 El informe pericial judicial y su vinculación con la cadena de custodia

El informe pericial judicial es el documento en el que el perito plasma, de manera ordenada y comprensible, la metodología empleada, los resultados científicos, las conclusiones y las posibles limitaciones. Su credibilidad depende directamente de que la cadena de custodia no presente fisuras. El informe debe contener:

  • Identificación del perito y su especialidad.
  • Objeto del encargo y preguntas planteadas por el juez o las partes.
  • Descripción técnica del procedimiento (métodos, instrumentos, control de calidad).
  • Referencia explícita al seguimiento de la cadena de custodia (sellos, registros, transferencias).
  • Conclusiones fundamentadas y posibles reservas o advertencias si hubo incidencias.
  • Anexos documentales: registro de cadena de custodia, fotografías, croquis, planos, documentación de transferencia.

El valor del informe pericial se sostiene en que los datos analizados correspondan fielmente a la muestra original ingresada al sistema judicial.

Por ejemplo, en el caso del Caso José Bretón (España), fue una de las líneas de defensa alegar que una muestra ósea se había perdido o no se había custodiado correctamente, lo cual generó dudas sobre la credibilidad del peritaje antropológico realizado.


5. Errores frecuentes y consecuencias legales

5.1 Errores usuales en la cadena de custodia

Los fallos más comunes que vulneran la custodia de pruebas son:

  • Falta de documentación: omisión de registros de transferencia, firmas o datos completos.
  • Roturas o sellos violados sin documentación o explicación.
  • Embalaje inadecuado: uso de contenedores no estériles, material contaminante o que no asegura el contenido.
  • Manipulación no registrada: apertura del contenedor sin constancia, extracción o adición de elementos sin control.
  • Retrasos excesivos en transporte o almacenamiento sin condiciones ambientales controladas.
  • Pérdida o extravío sin investigación formal ni reporte.
  • Cadena de custodia fragmentada cuando varios actores intervienen sin coordinación ni continuidad documental.
  • Desconocimiento técnico por parte del perito o técnico al recibir la muestra (por ejemplo, no verificar el sello antes de analizar).

Cualquiera de estos errores puede generar que el juez o tribunal cuestione la legitimidad del indicio o incluso lo declare inadmisible.

5.2 Consecuencias jurídicas de la ruptura de la cadena

Cuando la cadena de custodia se ve comprometida, puede derivar en:

  • Rechazo de la evidencia: el tribunal puede excluirla como prueba válida.
  • Impugnación del informe pericial: la defensa puede cuestionar la validez científica al argumentar posible contaminación o manipulación.
  • Anulación del procedimiento: en casos graves, pueden reabrirse etapas del caso o declararse nulidades parciales.
  • Responsabilidad profesional: el perito o técnico pueden ser responsables por negligencia profesional o ética.
  • Desconfianza institucional: se socava la credibilidad del sistema forense y penal.

La jurisprudencia española lo ha señalado: si la cadena de custodia se rompe o existe duda sobre su continuidad, el juzgador puede estimar que no pueden extraerse conclusiones fiables y descartar la prueba, incluso si su origen fue legítimo.

Por ello, imponer un control riguroso y protocolos formales no es solo buena práctica científica, sino exigencia del procedimiento judicial para proteger derechos de partes y garantizar justicia equitativa.


6. La digitalización de la cadena de custodia

El avance tecnológico ha impulsado la modernización de la cadena de custodia, incorporando registros digitales, firma electrónica y tecnologías emergentes como blockchain.

⚖️ Comparativa: Cadena de Custodia Física vs Digital

AspectoCadena FísicaCadena Digital
RegistroManual, en papel o formularios físicosAutomatizado, con timestamps y logs digitales
SeguridadDepende de la vigilancia física y custodia manualUsa firmas electrónicas y encriptación
TrazabilidadLimitada y sujeta a errores humanosTotal, auditable en tiempo real
TransparenciaRequiere revisión manual de documentosVerificable automáticamente por las partes
Admisibilidad legalAltamente aceptada en procedimientos tradicionalesRequiere validación legal específica y normativa vigente

6.1 Registros digitales y firma electrónica

  • En lugar de formularios manuales, se utilizan sistemas electrónicos seguros que integran trazabilidad automática, campos obligatorios y control de versiones.
  • Las firmas electrónicas (con certificados digitales) permiten autenticar cada transferencia de custodia con identificadores únicos.
  • Los sistemas digitales reducen errores humanos, permiten auditorías en tiempo real y facilitan el acceso remoto a registros históricos por las partes.

6.2 Uso de blockchain para custodia forense

  • Blockchain permite la creación de registros inmutables y distribuidos: cada transacción (recepción, transferencia, uso) queda inscrita en una cadena de bloques que no puede modificarse sin dejar rastro detectable.
  • Facilita la verificación externa independiente de la integridad de la cadena de custodia, ya que cualquier alteración será residual en los bloques anteriores.
  • Algunas propuestas de sistema forense digital combinan el uso de hash criptográfico del indicio (por ejemplo, para evidencias digitales se aplica hash en el momento del secuestro) con registro blockchain para garantizar autenticidad e inalterabilidad.

6.3 Ventajas y retos

Ventajas:

  • Menor riesgo documental y manipulación humana.
  • Rápida trazabilidad y auditoría.
  • Transparencia para las partes.

Retos:

  • Requiere infraestructura segura y certificada.
  • Compatibilidad legal con normativa vigente y reconocimiento judicial del soporte digital.
  • Formación de peritos y operadores jurídicos en nuevas tecnologías.
  • Mantenimiento de respaldo físico en casos críticos o fallos técnicos.

7. Relevancia ética y profesional en la formación del perito

La custodia de pruebas no es solo cuestión técnica, sino un imperativo ético en la actuación forense. Para garantizar la credibilidad del sistema, el perito debe:

  • Actuar con imparcialidad, rigor y diligencia.
  • Reconocer y documentar cualquier incidencia (incluso si menor) en la cadena.
  • Capacitarse continuamente en nuevas técnicas, normativa y estándares (como ISO/IEC 17025).
  • Ser consciente de que su actuación puede determinar la condena o absolución de personas.
  • Colaborar con otros actores del proceso (policía, laboratorios, judicatura) manteniendo estándares comunes.

Desde la Academia Internacional de Ciencias Criminalísticas, se promueve una formación holística que integra conocimientos científicos, legales y éticos. La cadena de custodia debe enseñarse no como mera técnica operativa, sino como elemento central del ejercicio profesional en criminología y criminalística.


Conclusión

La cadena de custodia es, sin duda, un pilar esencial en el ámbito de la criminología, la criminalística y la investigación judicial. Es el soporte que legitima la evidencia forense, otorgando seguridad a los informes periciales judiciales y permitiendo al juez confiar en que los indicios presentados no han sido alterados ni contaminados. Desde los principios de trazabilidad, integridad, transparencia y responsabilidad, hasta las etapas de identificación, embalaje, registro, transporte, almacenamiento y análisis, cada fase exige rigor técnico y disciplina institucional.

El papel del perito forense judicial es decisivo: como actor que interviene en la cadena de custodia y responsable del informe pericial, debe observar protocolos rigurosos, documentar cada intervención y estar apto para defender en juicio la validez de sus conclusiones. Los errores —quizá inadvertidos— pueden comprometer todo el caso, impugnar pruebas e incluso invalidar la credibilidad científica del sistema.

Las innovaciones tecnológicas como los registros digitales y blockchain ofrecen un horizonte prometedor para robustecer la custodia del indicio en el siglo XXI, pero su adopción exige formación especializada y respaldo legal. En cualquier escenario, la ética profesional debe guiar al perito en el compromiso de servir a la justicia con integridad.

Para quienes deseen especializarse en estos ámbitos, la Academia Internacional de Ciencias Criminalísticas ofrece programas avanzados en cadena de custodia, pericia judicial y criminología, diseñados para preparar profesionales capaces de contribuir con estándares de excelencia al sistema forense y judicial moderno.

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